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TEPJF respalda al INE y rechaza apodo electoral de Lenia Batres

Por Redacción
febrero 21, 2025 2 min de lectura
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El Tribunal Electoral ratificó la decisión del INE de prohibir el uso de apodos en las boletas electorales, dejando a Lenia Batres sin el alias «Ministra del Pueblo».

Ciudad de México, 21 de febrero de 2025.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó la impugnación de Lenia Batres Guadarrama, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), contra la resolución del Instituto Nacional Electoral (INE) que le impide aparecer en la boleta de la elección judicial con el sobrenombre «Ministra del Pueblo».

Con esta decisión, el INE podrá iniciar la impresión de las boletas sin incluir apodos para ningún aspirante a los cargos en disputa.

INE y TEPJF rechazan apodos electorales

El pasado 19 de febrero, el INE negó 29 solicitudes de candidatos que pretendían incluir sus sobrenombres en la boleta, al considerar que podrían constituir propaganda electoral.

En respuesta, Batres Guadarrama impugnó la decisión y defendió su sobrenombre argumentando que no era solo un alias, sino “una misión, una declaración de principios, un compromiso”.

Sin embargo, la magistrada Mónica Soto Fregoso, presidenta de la Sala Superior del TEPJF, presentó un proyecto que ratificó la postura del INE, señalando que el uso de sobrenombres podía asociarse con ideologías políticas o referencias al Poder que postuló a los candidatos, generando inequidad en la contienda.

El proyecto fue aprobado por unanimidad, confirmando que las boletas solo incluirán los nombres oficiales de los aspirantes.

Arranca la impresión de boletas sin sobrenombres

Con el fallo del TEPJF, el INE iniciará este viernes la impresión de las boletas para la elección de ministros de la Suprema Corte y magistrados de la Sala Superior en Talleres Gráficos de México.

Además, el tribunal destacó que incluir sobrenombres alteraría el diseño de la boleta, ya que reduciría el tamaño de la tipografía empleada para los nombres de los aspirantes.

Con esta determinación, el TEPJF y el INE establecen un precedente que elimina cualquier intento de promoción personalizada dentro del proceso electoral, asegurando que los candidatos sean identificados exclusivamente por sus nombres oficiales.

Etiquetas:

elección judicialINELenia BatresSuprema CorteTEPJF
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Redacción

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